Patata de Siembra

Se entiende por semillas los elementos botánicos, cuyo destino es el de multiplicar la especie, así como los tubérculos, bulbos y otros órganos y material vivo que se utilicen con fines de reproducción.

Tal y como recoge el Real Decreto 27/2016, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de patata de siembra (el cual deroga al publicado en 1998 en BOE-A-1989-12751): “Solamente podrá ser denominada patata de siembra aquella que proceda de cultivos controlados por los Servicios Oficiales correspondientes y que haya sido obtenida según las disposiciones de este Reglamento; de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, sobre semillas y plantas de vivero; del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, y modificaciones posteriores, así como la Orden de 23 de mayo de 1986, por la que se aprueba el Reglamento General de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero. También podrá recibir la denominación de «patata de siembra» la importada que cumpla los correspondientes requisitos legales. A efectos de este Reglamento se utilizarán indistintamente las expresiones de «patata de siembra» y «semilla» con el mismo significado”.

Clasificación de la patata de siembra

Tal y como se recoge en el texto original del Real Decreto 27/2016, se admiten las siguientes categorías de patata de siembra:

  • Material parental o de partida: El material parental o de partida estará constituido por las plantas «madres». A partir de él se producen todas las plantas de vivero del correspondiente clon. Destinado a la producción de material de prebase.
    El material parental constituye la generación G-O. Las sucesivas generaciones anteriores a la semilla de base se denominarán G-1, G-2, G-3, etc. Cada variedad tendrá estipuladas un número de generaciones determinado.
  • Semillas de prebase: Obtenido de forma directa o en un número limitado de fases a partir de material inicial. Debe ser producida por productores autorizados siguiendo las normas de selección aprobadas. Destinado a la producción de semillas de base. En la categoría de prebase se distinguen dos clases de la Unión: PBTC y PB.
  • Semillas de base: Obtenido de forma directa o en un número limitado de fases a partir de semillas de prebase. Debe ser producida por productores autorizados siguiendo las normas de selección aprobadas. Destinado a la producción de material certificado. En la semilla de base se distinguen tres clases de la Unión: Super (S), Super-Elite (SE) y Elite (E). La clase S procede de la multiplicación de la última generación de semilla de prebase, y a partir de aquélla se obtendrán la clase SE, y de esta la E.
    El número máximo de generaciones de patatas, tanto en la categoría base como en la categoría prebase será de cuatro, y la combinación de las generaciones de patatas de prebase en el campo y patatas de base será de siete.
  • Semilla certificada: Es la que ha sido obtenido de forma directa (“de primera reproducción”) o en un número limitado de fases (“de reproducciones sucesivas”) a partir de material de base por un productor autorizado para ello, de acuerdo con los reglamentos técnicos. También puede ser obtenida de otra semilla certificada.
    En la categoría de semilla certificada se distinguen dos clases: A y B. La semilla certificada de clase A podrá proceder de la multiplicación de semilla de base o de otra certificada de clase A obtenida a partir de una única multiplicación de la semilla de base, cuando cumpla con los requisitos de la semilla de base. La semilla certificada de clase B podrá proceder de la multiplicación de la certificada de clase A, obtenida a partir de una única multiplicación de la semilla de base, o de categoría superiores. El número máximo de generaciones de plantas certificadas será de dos.

A continuación, en las Tablas I, II y III, se indican los valores máximos establecidos que han de cumplir los cultivos en función de la clasificación a la que pertenezcan.

Concepto Prebase Base Certificada
PBTC PB S SE E A B
Plantas afectadas por pie negro 0 0 0,1 0,5 1 2 4
Número de plantas que no se ajustan a la variedad y de variedades distintas, conjuntamente 0 0,01 0,1 0,1 0,1 0,2 0,5
Número de plantas que no se ajustan a la variedad y de variedades distintas, conjuntamente en la descendencia directa 0,25 0,25 0,25 0,5 0,5
En la descendencia directa, número de plantas con síntomas de virosis 0 0,5 1 2 4 8 10
Número de plantas con síntomas de virus del mosaico (PVY) y del virus del enrollado de la patata (PLRV), conjuntamente 0 0,1 0,2 0,5 0,8 2 6
Número máximo de generaciones, incluidas las de prebase en campo y de base 4 5 6 7 9 9
Tabla I. Porcentajes máximos admitidos en los campos de producción según la categoría a obtener.

Concepto Base Certificada
S SE E A B
Virosis graves o leves 1 2 4 8 10
Plantas no conformes con el tipo varietal 0,1 0,25 0,5 0,5 0,5
Plantas de otras variedades 0,1 0,1 0,1 0,2 0,2
Tabla II. Porcentajes máximos admitidos en las pruebas de pre y postcontrol.

Concepto Prebase Base Certificada
PBTC PB S SE E A B
Presencia de tierra y cuerpos extraños 1 1 1 1 2 2
Pudrición seca y pudrición húmeda combinadas 0 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5
Pudrición húmeda 0 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2
Defectos externos (por ejemplo: tubérculos deformes o quemados) 0 3 3 3 3 3 3
Sarna común: tubérculos afectados en una superficie superior a un tercio 0 5 5 5 5 5 5
Viruela de la patata producida por Rhizoctonia solani: tubérculos afectados en una superficie superior al 10% 0 1 5 5 5 5 5
Sarna pulverulenta de la patata: tubérculos afectados en una superficie superior a un 10% 0 1 3 3 3 3 3
Tubérculos arrugados debido a una excesiva deshidratación o a una deshidratación causada por la sarna plateada de la patata 0 0,5 1 1 1 1 1
Tabla III. Requisitos que ha de cumplir las patatas de siembra según su categoría. Máximos admitidos en peso.